Por memorial presentado el 19 de marzo de 2018, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 632/2018-RA
Sucre, 07 de agosto de 2018
Expediente: Tarija 18/2018
Parte Acusadora: Abraham Julio Mendoza Quispe
Parte Imputada: Rosa Zenaida Maraz Rodríguez y otra
Delitos: Daño Simple y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 19 de marzo de 2018, cursante de fs. 183 a 186, Rosa Zenaida Maraz Rodríguez de Guaygua y Luis Alberto Guaygua Maraz, interponen recurso de casación impugnando el Auto de Vista 22/2018 de 9 de febrero, de fs. 174 a 176 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal seguido por Abraham Julio Mendoza Quispe representado por Luis Segales Pabón contra los recurrentes, por la presunta comisión de los delitos de Despojo y Daño Simple, previstos y sancionados por los arts. 351 y 357 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 632/2018-RA
Sucre, 07 de agosto de 2018
Expediente: Tarija 18/2018
Parte Acusadora: Abraham Julio Mendoza Quispe
Parte Imputada: Rosa Zenaida Maraz Rodríguez y otra
Delitos: Daño Simple y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 19 de marzo de 2018, cursante de fs. 183 a 186, Rosa Zenaida Maraz Rodríguez de Guaygua y Luis Alberto Guaygua Maraz, interponen recurso de casación impugnando el Auto de Vista 22/2018 de 9 de febrero, de fs. 174 a 176 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal seguido por Abraham Julio Mendoza Quispe representado por Luis Segales Pabón contra los recurrentes, por la presunta comisión de los delitos de Despojo y Daño Simple, previstos y sancionados por los arts. 351 y 357 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 19 de marzo de 2018, cursante de fs
- Por Sentencia 02/2017 de 23 de marzo (fs
- Contra la mencionada Sentencia, la parte acusadora particular Luis Segales Pabón en representación de Abraham
- La parte recurrente denuncia que en el recurso de apelación restringida de la parte querellante,
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos se advierte que los recurrentes fueron notificados con el Auto
- En cuanto al único agravio analizado se evidencia que invocó en calidad de precedente contradictorio
- Respecto a los Autos Supremos 141 de 22 de abril de 2006 y 244 de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
