Por memorial presentado el 26 de febrero de 2018, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 654/2018-RA
Sucre, 14 de agosto de 2018
Expediente: La Paz 67/2018
Parte Acusadora : Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Marco Antonio Lora Ríos
Delitos : Incumplimiento de Deberes y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 26 de febrero de 2018, cursante de fs. 476 a 482 vta., Álvaro Reyes Mariño en representación legal del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 05/2018 de 24 de enero, de fs. 449 a 453 vta., pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la parte recurrente contra Marco Antonio Lora Ríos, por la presunta comisión de los delitos de Incumplimiento de Deberes y Conducta Antieconómica, previsto y sancionado por el art. 154 y 224 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 654/2018-RA
Sucre, 14 de agosto de 2018
Expediente: La Paz 67/2018
Parte Acusadora : Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Marco Antonio Lora Ríos
Delitos : Incumplimiento de Deberes y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 26 de febrero de 2018, cursante de fs. 476 a 482 vta., Álvaro Reyes Mariño en representación legal del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 05/2018 de 24 de enero, de fs. 449 a 453 vta., pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la parte recurrente contra Marco Antonio Lora Ríos, por la presunta comisión de los delitos de Incumplimiento de Deberes y Conducta Antieconómica, previsto y sancionado por el art. 154 y 224 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 26 de febrero de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes agravios
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
- Previo a ingresar al análisis de admisibilidad del caso concreto, corresponde señalar que la labor
- Las falencias advertidas en el recurso de casación, no pueden ser suplidas de oficio ni
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
