Auto Supremo AS/0698/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0698/2018-RA

Fecha: 17-Ago-2018

El art


Con relación a la Sentencia de primera instancia, en la que no se cumpliría con la carga de la prueba por parte del recurrente y que existiría duda razonable en el accionar de la imputada, refiere el impetrante que no se valoró el dictamen pericial documentológico, las pruebas MPC-6, MPC-7 y MPC-8, que existió defectuosa valoración testifical de Daniela Beatriz Conde, así como de un vehículo embargado. Finalmente argumenta que las pruebas señaladas precedentemente, reflejan la ausencia de valoración e inadecuada fundamentación con relación al principio de certeza y duda razonable que fue detallado en apelación restringida, mencionando el Auto Supremo 43/2007 de 27 de enero, que no fue considerado por el Tribunal de alzada.

III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP