Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
II. SOBRE EL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo:
Rememorando el primer motivo de la apelación restringida del apelante ahora recurrente, denunciando la falta de fundamentación y valoración probatoria de la Sentencia –luego de precisar que subsanó las observaciones extrañadas por el Tribunal de alzada respecto a su recurso de apelación- indicando que el Auto de Vista impugnado al señalar que “no se sabe a ciencia cierta ni remota, si el apelante demanda que este Tribunal anule totalmente la sentencia dictada o que es lo que quiere” (sic), incurriría en vulneración al principio de interpretación más favorable al observar aspectos no contemplados en la Resolución de 7 de marzo de 2018, emitida por los Vocales de la Sala Penal Primera conforme a lo previsto por el art. 399 del Código de Procedimiento Penal (CPP)
- Por memorial presentado el 28 de junio de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado Anacleto Yucra Maturano (fs
- Por diligencia de 19 de junio de 2018 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- Invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 152/2012 de 5 de julio y 496/2017 de
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En ese sentido, se establece que en el único motivo traído en casación, el recurrente
- Por otra parte, se advierte que el recurrente a tiempo de denunciar la vulneración de
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
