Del recurso de casación interpuesto, se identifica el siguiente motivo
Por diligencias de 27 de abril de 2018 (fs. 971 y 972), las recurrentes fueron notificadas con el referido Auto de Vista; y, el 4 de mayo del mismo año, interpusieron el recurso de casación que es objeto del presente análisis de admisibilidad.
II. SOBRE EL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del recurso de casación interpuesto, se identifica el siguiente motivo:
A tiempo de rememorar los agravios acusados en su alzada -en los cuales precisa la parte recurrente que denunció los defectos de Sentencia contenidos en los incs. 1), 5) y 6) del art. 370 del Código de Procedimiento Penal (CPP)- y las respuestas otorgadas por el Tribunal de apelación, indicando que el Auto de Vista recurrido incurrió en la falta de fundamentación al omitir dar respuesta a los agravios acusados en su apelación restringida conforme a las exigencias del art. 124 del CPP; aspecto que arguyen, indicando que les causa lesión al debido proceso
- Por memorial presentado el 4 de mayo de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del recurso de casación interpuesto, se identifica el siguiente motivo
- Invocan como precedentes contradictorios, los Autos Supremos 242 de 6 de julio de 2006 -referido
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, transcripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que las recurrentes fueron notificadas con el Auto
- En cuanto a los argumentos del único motivo, se tiene que básicamente lo denunciado por
- Por otra parte, se advierte que la parte recurrente a tiempo de denunciar la vulneración
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
