Por otra parte, se advierte que la parte recurrente a tiempo de denunciar la vulneración
Por otra parte, se advierte que la parte recurrente a tiempo de denunciar la vulneración de su derecho al debido proceso consistente en la falta de fundamentación de las respuestas otorgadas a los agravios de su alzada, proporcionando los antecedentes generadores de su recurso, explicitando los defectos de la Sentencia denunciados y la respuesta otorgada por el Tribunal de apelación; arguyendo además que el resultado dañoso emergente del defecto acusado, sería no haber anulado la Sentencia apelada. En consecuencia, al avizorar el cumplimiento de los presupuestos de flexibilización explicados en el acápite anterior de la presente Resolución, resulta viable la admisión del motivo expuesto en forma extraordinaria
- Por memorial presentado el 4 de mayo de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del recurso de casación interpuesto, se identifica el siguiente motivo
- Invocan como precedentes contradictorios, los Autos Supremos 242 de 6 de julio de 2006 -referido
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, transcripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que las recurrentes fueron notificadas con el Auto
- En cuanto a los argumentos del único motivo, se tiene que básicamente lo denunciado por
- Por otra parte, se advierte que la parte recurrente a tiempo de denunciar la vulneración
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
