Por todo lo expuesto, solicita se dicte resolución casando el Auto de Vista, y deliberando
c)Error de derecho en la apreciación de la prueba y transgresión del art. 180 de la CPE, manifestando que no ha otorgado el valor que merece el documento de disolución de contrato de venta que cursa de fs. 2 a 3, con relación al documento de fs. 13 a 16 que protocoliza la minuta de transferencia del bien inmueble objeto de litis y el testimonio de reconocimiento judicial de firmas y rubricas conforme los art. 1287.I y 1289 del CC, que fueron apreciado erróneamente.
Por todo lo expuesto, solicita se dicte resolución casando el Auto de Vista, y deliberando en el fondo se declare improbada la demanda planteada por Benita Ordoñez Ruíz
Por todo lo expuesto, solicita se dicte resolución casando el Auto de Vista, y deliberando en el fondo se declare improbada la demanda planteada por Benita Ordoñez Ruíz
- Partes: Benita Ordoñez Ruíz c/ Gustavo Ordoñez Ruíz y otra
- Proceso: Nulidad de Escritura Pública y otros
- Distrito: Santa Cruz
- CONSIDERANDO I
- 2
- 3
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista Nº 32/2018 de fecha 07 de febrero, que cursa
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- 3. De la legitimación procesal
- 4. Del contenido del recurso de casación
- De la revisión del recurso de casación, se observa que Isabel Guzmán Martínez, en lo
- b)Que el Tribunal de alzada y el Juez A-quo no han observado la colusión de
- Por todo lo expuesto, solicita se dicte resolución casando el Auto de Vista, y deliberando
- Por las consideraciones expuestas, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo en
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
