VISTOS: El recurso de casación de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 752/2018-RA
Fecha: 2 de agosto de 2018
Expediente: CB-47-18-S
Partes: Máximo Aranda Pacheco. c/ Florentino Quispe Aguilar y Sofía
Calderón de Quispe.
Proceso: Reivindicación.
Distrito: Cochabamba.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 222 a 224, presentado por Florentino Quispe Aguilar y Sofía Calderón de Quispe, impugnando el Auto de Vista de 30 de abril de 2018 por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba (fs. 215 a 219 vta.) en el proceso ordinario de reivindicación interpuesto por Máximo Aranda Pacheco contra los recurrentes, contestación de fs. 227 a 228 y Auto de concesión de 2 de julio de fs. 229; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1.Máximo Aranda Pacheco demandó a Florentino Quispe Aguilar y Sofía Calderón de Quispe, (fs. 24 a 25) por reivindicación, al efecto contestó la parte demandada reconviniendo por nulidad de contrato, prescripción del préstamo, caducidad, declaratoria de la inexistencia de la obligación (49 a 52 vta.) tramitado así el proceso ordinario hasta la emisión de la Sentencia Nº 136/2017 de 19 de septiembre (fs.164 a 171.) que declaró probada la demanda de reivindicación e improbada la demanda reconvencional, improbadas las excepciones perentorias de falsedad, legalidad, falta de acción y derecho, prescripción como deuda y acción y caducidad planteada por los demandados en contra de la demanda principal, mereciendo la apelación de los demandados de fs. 191 a 194 vta
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 752/2018-RA
Fecha: 2 de agosto de 2018
Expediente: CB-47-18-S
Partes: Máximo Aranda Pacheco. c/ Florentino Quispe Aguilar y Sofía
Calderón de Quispe.
Proceso: Reivindicación.
Distrito: Cochabamba.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 222 a 224, presentado por Florentino Quispe Aguilar y Sofía Calderón de Quispe, impugnando el Auto de Vista de 30 de abril de 2018 por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba (fs. 215 a 219 vta.) en el proceso ordinario de reivindicación interpuesto por Máximo Aranda Pacheco contra los recurrentes, contestación de fs. 227 a 228 y Auto de concesión de 2 de julio de fs. 229; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1.Máximo Aranda Pacheco demandó a Florentino Quispe Aguilar y Sofía Calderón de Quispe, (fs. 24 a 25) por reivindicación, al efecto contestó la parte demandada reconviniendo por nulidad de contrato, prescripción del préstamo, caducidad, declaratoria de la inexistencia de la obligación (49 a 52 vta.) tramitado así el proceso ordinario hasta la emisión de la Sentencia Nº 136/2017 de 19 de septiembre (fs.164 a 171.) que declaró probada la demanda de reivindicación e improbada la demanda reconvencional, improbadas las excepciones perentorias de falsedad, legalidad, falta de acción y derecho, prescripción como deuda y acción y caducidad planteada por los demandados en contra de la demanda principal, mereciendo la apelación de los demandados de fs. 191 a 194 vta
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- II.1. De la resolución impugnada. Análisis de impugnabilidad
- II.2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- II.3. De la legitimación procesal
- II.4. Del contenido del recurso de casación
- 1
- Concluye con una fundamentación en derecho y petitorio, solicita casar el Auto de Vista, declarar
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
