4.Del contenido del recurso de casación
4.Del contenido del recurso de casación:
De la revisión del recurso de casación, se observa que Sabino Taloba Jurado, en lo trascendental de dicho medio de impugnación acusa:
a)Que el Tribunal de alzada al confirmar el Auto de Vista vulneró las normas jurídicas que amparan el derecho al acceso a la justicia y sus elementos constitutivos, asimismo violó lo establecido en el art. 115 de la Constitución Política del Estado, toda vez que puso un obstáculo discriminatorio en la admisión de la demanda, condenando al recurrente a presentar una sentencia ejecutoriada de un proceso de comprobación judicial de unión libre o de hecho, pese a que el recurrente indico que tuvo un impedimento para realizar el mencionado tramite
De la revisión del recurso de casación, se observa que Sabino Taloba Jurado, en lo trascendental de dicho medio de impugnación acusa:
a)Que el Tribunal de alzada al confirmar el Auto de Vista vulneró las normas jurídicas que amparan el derecho al acceso a la justicia y sus elementos constitutivos, asimismo violó lo establecido en el art. 115 de la Constitución Política del Estado, toda vez que puso un obstáculo discriminatorio en la admisión de la demanda, condenando al recurrente a presentar una sentencia ejecutoriada de un proceso de comprobación judicial de unión libre o de hecho, pese a que el recurrente indico que tuvo un impedimento para realizar el mencionado tramite
- Partes: Sabino Taloba Jurado. c/ Martha Nora Areco Márquez
- CONSIDERANDO I
- 2
- 3
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista Nº 46/2018 de fecha 6 de Julio, cursante de
- 2.Del plazo de presentación del recurso de casación
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la diligencia de notificación
- 3.De la Legitimación procesal
- De igual forma, se colige que el recurrente, al margen de identificar debidamente la
- 4.Del contenido del recurso de casación
- De estas consideraciones se verifica que el presente recurso de casación cumple con las
- En consecuencia se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo su análisis y
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
