b)Que no se ha dado una verdadera aplicación del art
b)Que no se ha dado una verdadera aplicación del art. 1545 del CC, no obstante la existencia de medios probatorios, y los Jueces de instancia ante una duda sobre si el inmueble es el mismo, han declarado improbado la demanda, sin considerar que tenían facultades de solicitar prueba conducente para generar veracidad sobre la ubicación
- Partes: Tomas Alberto Vargas Anze y otra. c/ Alberto Vargas Menacho y otra
- Distrito: Potosí
- CONSIDERANDO I
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista que cursa de fs
- 2.Del plazo de presentación del recurso de casación
- 3.De la legitimación procesal
- 4.Del contenido del recurso de casación
- De la revisión del recurso de casación de fs
- b)Que no se ha dado una verdadera aplicación del art
- c)Acusa que se ha incurrido en error de hecho y derecho en cuanto a la
- Por las consideraciones expuestas, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo en
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta Sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
