2
2.El 6 de julio de 2018, el Auto de Vista Nº 100/2018 (fs. 471 a 482) estableció que el Juez procuró la verdad material y tomó una decisión justa al pronunciar la Sentencia y respecto a la parte apelante, sostuvo que no pudo demostrar que existió interpretación errónea y vulneración a su derecho a la defensa
- CONSIDERANDO I
- 2
- CONSIDERANDO II
- II.2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- II.4. Del contenido del recurso de casación
- Acusa que el tribunal de apelación ha incurrido en error de hecho, al no considerar
- Concluye en que el Auto de Vista, carece de una clara y detallada fundamentación sobre
- Denuncia que el Auto de Vista, comete un grave y vulneratorio error al consolidar el
- Refiere también que el tribunal de apelación al confirmar la sentencia, ha vulnerado no solo
- Concluye expresando que se habría causado indefensión al Gobierno Autónomo de Oruro
- Petitorio
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
