De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente agravio
Por diligencia de 26 de julio de 2018 (fs. 724), el recurrente fue notificado con el referido Auto de Vista; y, el 2 de agosto del mismo año, interpuso el recurso de casación que es objeto del presente análisis de admisibilidad.
II. SOBRE EL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente agravio:
El Ministerio Público haciendo referencia a la forma de resolución de la Sentencia señalando que la existencia de valoración defectuosa de la prueba porque no se consideró correctamente la prueba de cargo introducida en juicio mediante su lectura; siendo que, los jueces no actuaron de manera objetiva y dentro del principio de la sana crítica hicieron omisión de las pruebas aportadas por el Ministerio público; situación que bebió ser dirimida por el Tribunal de alzada, Tribunal del cual señala que no consideró la valoración defectuosa de la prueba y la aplicación del principio de la verdad material; siendo que, de la declaración del co acusado se estableció que el ahora absuelto es el único propietario de las sustancias controladas haciendo evidente la existencia del presente ilícito acusado; por estas razones se hubiera incurrido en vulneración del principio constitucional de legalidad, seguridad jurídica, principio de verdad material y la garantía constitucional del debido proceso y los derechos fundamentales a la salud y dignidad de la sociedad porque no se estuviera aplicando la Ley como corresponde
- Por memorial presentado el 2 de agosto de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente agravio
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- Respecto del único motivo, en el que refiere que el Tribunal de alzada no observó
- Con relación a la temática planteada invoca como precedente contradictorio el Auto Supremo 317 de
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
