Auto Supremo AS/0865/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0865/2018

Fecha: 05-Sep-2018

III.1. De la usucapión decenal o extraordinaria y sus requisitos

El demandado indicó que respecto del bien inmueble objeto de la litis, sostuvo que tanto la actora como demandado son propietarios a 50%, ya que se trata de un bien ganancial obtenido cuando eran pareja y convivieron hasta el año 2011. Los testigos de cargo y descargo manifestaron que tenía derecho y autoridad de echar al inquilino de nombre César. Además que no se hubiese podido ocultar ni engañar por las pruebas presentadas de que la actora fuera su conviviente y procrear varios hijos (2 fallecidos) y una hija. Igualmente, que el documento de transferencia data del 14 de diciembre de 1983, testimoniada con el Nº 431/2012. También que la recurrente no señaló cuáles fueron los derechos conculcados o violados, o cuál fue la interpretación errónea de la Ley.
El recurso de casación formulado no cumplió con los requisitos exigidos por los arts. 271 y 274 num. 3) de Código Procesal Civil. Por otra parte, no indicó de qué manera se vulneró derechos en el Auto de Vista, solicitando declarar improcedente e infundado el recurso planteado al no cumplir con lo establecido por ley y sea con costas.
CONSIDERANDO III:
DOCTRINA APLICABLE
III.1. De la usucapión decenal o extraordinaria y sus requisitos