Auto Supremo AS/0877/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0877/2018-RA

Fecha: 26-Sep-2018

El art


A tal efecto, invoca la Sentencia Constitucional 0770/2012-R de 13 de agosto, haciendo alusión al principio de legalidad, citando a su vez las SSCC 0275/2010-R de 7 de junio, 919/2006-R de 18 de septiembre, 0062/2002 de 31 de julio, y el Auto Supremo 006/2014-RRC de 10 de febrero; asimismo, haciendo referencia al principio pro actione cita la SC 1414/2013-R de 16 de agosto, además de mencionar los arts. 7 y 8.1 de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos.

Finalmente solicita la admisión de su recurso en aplicación de los criterios de flexibilización, y se deje sin efecto el Auto de Vista recurrido, ordenando a la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba la emisión de una nueva resolución de acuerdo a la doctrina legal establecida.

III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la CPE, garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP