De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Por Sentencia 27/2017 de 28 de noviembre (fs. 442 a 455 vta.), el Tribunal Primero de Sentencia de Buenavista del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a: 1) Carmelo Delgado, autor de los delitos de Asesinato y Tentativa de Asesinato, previstos y sancionados por el art. 252 inc. 6) con relación al art. 8 del CP, imponiendo la pena de treinta años de presidio sin derecho a indulto; 2) Franco Rodrigo Vargas Villca, responsable en grado de Complicidad de los delitos de Asesinato y Tentativa de Asesinato, tipificados por el art. 252 inc. 6), con relación a los arts. 23 y 39 incs. 1) y 8 del CP, sancionando con la pena de quince años de presidio sin derecho a indulto, ambos fueron sancionados con costas y el pago de responsabilidad civil a favor del Estado y de la víctima averiguable en ejecución de sentencia.
b) Contra la mencionada Sentencia, los imputados Carmelo Delgado y Franco Rodrigo Vargas Villca, formularon recurso de apelación restringida (fs. 459 a 462), que fue resuelto por Auto de Vista 24/2018 de 21 de mayo, dictado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que declaró admisible e infundado el citado recurso; por ende, confirmó la Sentencia apelada
- Por memorial presentado el 30 de julio de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Por diligencia de 25 de julio de 2018 (fs
- Del memorial de recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
- En el caso de autos se advierte que los recurrentes fueron notificado con el Auto
- Respecto al recurso de casación, la parte recurrente hace referencia a los antecedentes del proceso,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
