Al respecto, expresa que un negocio comercial no se ventila en proceso civil sino en
Al respecto, expresa que un negocio comercial no se ventila en proceso civil sino en arbitraje ante la Cámara de Comercio por su singularidad de derecho privado comercial, puesto que la demanda habilosamente ha ido variando definiendo a momentos como sociedad civil y en otros como sociedad comercial, por lo que en una demanda de rendición de cuentas no se aplican los arts. 357 y siguientes del Código Procesal Civil, en aplicación del art. 7.II del Código Procesal Civil, referido a la competencia en razón de la materia y territorio
- CONSIDERANDO I
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- Respecto al cuestionamiento de las pericias en proceso, el Tribunal de Alzada estableció que el
- II.2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- II.3. De la legitimación procesal
- II.4. Del contenido del recurso de casación
- Del recurso de casación interpuesto, se extraen las siguientes denuncias
- Al respecto, expresa que un negocio comercial no se ventila en proceso civil sino en
- Refiere que el art
- 3
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- 5
- Con base a todo lo expresado, solicita se anule hasta la demanda, para que la
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
