II.3. De la legitimación procesal
De la revisión de antecedentes se tiene que, el recurrente cumplió con el requisito del plazo (art. 273 Código Procesal Civil) para la interposición del recurso de casación; habida cuenta que habiendo sido notificado el 21 de agosto de 2018 con el Auto de Vista pronunciado el 20 de agosto; presentó el recurso de casación de fs. 2590 a 2606 vta., el 31 de agosto del año en curso; es decir, en vigencia del plazo de diez días señalado por el art. 273 del Código Procesal Civil.
II.3. De la legitimación procesal
- CONSIDERANDO I
- 2
- Respecto al cuestionamiento de las pericias en proceso, el Tribunal de Alzada estableció que el
- II.2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- II.3. De la legitimación procesal
- II.4. Del contenido del recurso de casación
- Del recurso de casación interpuesto, se extraen las siguientes denuncias
- Al respecto, expresa que un negocio comercial no se ventila en proceso civil sino en
- Refiere que el art
- 3
- 4
- 5
- Con base a todo lo expresado, solicita se anule hasta la demanda, para que la
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
