Auto Supremo AS/0013/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0013/2019

Fecha: 09-Ene-2019

CONSIDERANDO III: Que, según dispone el art


CONSIDERANDO III: Que, según dispone el art. 502 del Código Procesal Civil (CPC-2013), “las sentencias y otras resoluciones judiciales dictadas en el extranjero tendrán en el Estado Plurinacional de Bolivia, efectos imperativos probatorios y fuerza ejecutoria, con arreglo a lo que establezcan los Tratados o Convenios existentes”