Regístrese, comuníquese y cúmplase.
Concluyó solicitando se anule el Auto de Vista disponiendo se dicte uno nuevo resolviendo el fondo de la controversia.
Formulación de reclamos que constituyen la expresión de agravios del recurso de casación en la forma que cumplen con la fundamentación exigida por el art. 274.I num. 3) del Código Procesal Civil, por lo cual, debe ser admitido el recurso de casación.
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial, y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISIÓN del recurso de casación de fs. 231 a 235, interpuesto por Pastor Mamani Coila, impugnando el Auto de Vista Nº 724/2018 cursante de fs. 227 a 229 pronunciado el 26 de octubre por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.
En atención a la carga procesal de esta Sala, la causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
Formulación de reclamos que constituyen la expresión de agravios del recurso de casación en la forma que cumplen con la fundamentación exigida por el art. 274.I num. 3) del Código Procesal Civil, por lo cual, debe ser admitido el recurso de casación.
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial, y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISIÓN del recurso de casación de fs. 231 a 235, interpuesto por Pastor Mamani Coila, impugnando el Auto de Vista Nº 724/2018 cursante de fs. 227 a 229 pronunciado el 26 de octubre por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.
En atención a la carga procesal de esta Sala, la causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
- Proceso: Mejor derecho de propiedad
- CONSIDERANDO I
- El Auto de Vista Nº 724/201 pronunciado el 26 de octubre, cursante de fs
- II.2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- Conforme antecedentes, el Auto de Vista Nº 724/2018 pronunciado el 26 de octubre, cursante de
- II.3. De la legitimación procesal
- De la revisión del recurso de casación de forma de fs
- Acusó que solo se puede anular la sentencia por no estar firmada por el juez,
- Así también, refutó el mal uso de citar al debido proceso que no
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
