Revisada la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 0988/2019, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA
Auto Supremo Nº 182-CA
Sucre, 22 de octubre de 2019
Expediente: 231/2019
Proceso : Contencioso Administrativo
Demandante: PROJECT CONCERN INTERNATIONAL PC.I.
Demandado: Autoridad General de Impugnación Tributaria
Tramitadora: Magistrada María Cristina Díaz Sosa
VISTOS EN SALA: La demanda contenciosa administrativa de fs. 53 a 68 vta., presentada por Roberto Antonio Wayar Aramayo en representación de la Organización No Gubernamental PROJECT CONCERN INTERNATIONAL P.C.I., que impugna la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 0988/2019 de 17 de septiembre de fs. 2 a 11 vta., pronunciada por la Autoridad General de Impugnación Tributaria (AGIT), antecedentes adjuntos a la misma, y;
ANTECEDENTES
Revisada la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 0988/2019, cursante de fs. 2 a fs. 14 vta., se establece que PROJECT CONCERN INTERNACIONAL P.C.I., se apersonó ante la Administración de Aduana Interior La Paz de la Aduana Nacional (AN), planteando oposición al pago por encontrarse la mercadería importada exenta del pago de impuestos; asimismo, planteó la prescripción de la facultad de cobro, que emerge de la DUI C-30417; solicitud atendida por la AN mediante la Resolución Administrativa AN-GRLGR-LAPLI-RESADM-358/2019 de 26 de febrero, que rechazó la solicitud efectuada por ésta
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA
Auto Supremo Nº 182-CA
Sucre, 22 de octubre de 2019
Expediente: 231/2019
Proceso : Contencioso Administrativo
Demandante: PROJECT CONCERN INTERNATIONAL PC.I.
Demandado: Autoridad General de Impugnación Tributaria
Tramitadora: Magistrada María Cristina Díaz Sosa
VISTOS EN SALA: La demanda contenciosa administrativa de fs. 53 a 68 vta., presentada por Roberto Antonio Wayar Aramayo en representación de la Organización No Gubernamental PROJECT CONCERN INTERNATIONAL P.C.I., que impugna la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 0988/2019 de 17 de septiembre de fs. 2 a 11 vta., pronunciada por la Autoridad General de Impugnación Tributaria (AGIT), antecedentes adjuntos a la misma, y;
ANTECEDENTES
Revisada la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 0988/2019, cursante de fs. 2 a fs. 14 vta., se establece que PROJECT CONCERN INTERNACIONAL P.C.I., se apersonó ante la Administración de Aduana Interior La Paz de la Aduana Nacional (AN), planteando oposición al pago por encontrarse la mercadería importada exenta del pago de impuestos; asimismo, planteó la prescripción de la facultad de cobro, que emerge de la DUI C-30417; solicitud atendida por la AN mediante la Resolución Administrativa AN-GRLGR-LAPLI-RESADM-358/2019 de 26 de febrero, que rechazó la solicitud efectuada por ésta
- Revisada la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 0988/2019, cursante de fs
- Contra la Resolución Administrativa emitida, PROJECT CONCERN INTERNATIONAL P
- Reclamando afectaciones ocasionadas por la Resolución de Alzada ARIT-LPZ/RA 0734/2019, PROJECT CONCERN INTERNATIONAL P
- Es necesario considerar que ahora PROJECT CONCERN INTERNATIONAL P
- Para la comprensión que se efectuara en el caso tratado, es necesario entender que no
- Es dentro de lo referido que es necesario revisar la doctrina aplicable, en cuanto a
- Entendiéndose en consecuencia, que se reconoce de manera uniforme que la facultad del Juez a
- Lo expuesto en el Auto Supremo citado, no es de aplicación exclusiva de una rama
- Conforme a la revisión de antecedentes, es necesario advertir que dentro el recurso jerárquico interpuesto
- Conforme a la normativa expuesta y conforme establece el parágrafo II del art
- Entendiendo lo expuesto, la AGIT se encontró limitada a ingresar al fondo del recurso cuando
- Asimismo, de la lectura de la demanda contenciosa administrativa interpuesta así como del recurso jerárquico,
- Se debe considerar, que no puede existir un control de legalidad vía proceso contenciosa administrativa,
- Por lo expuesto, al estar impedido este Tribunal, de emitir un criterio sobre aspectos no
- Por consiguiente, se dispone el desglose de los documentos presentados y posterior archivo de obrados
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
