Sobre el particular, tal cual se hizo menci6n anteriormente, respecto a la obligaci6n del sobre
Sobre el particular, tal cual se hizo menci6n anteriormente, respecto a la obligaci6n del sobre el cumplimiento de los requisitos previstos por el art. 274.1 numeral 3) del CPC, no es suficiente que la parte recurrente simplemente cite de manera referencial la norma o normas que considera vulneradas, transgredidas, o aplicadas err6neamente, Smo. que debe explicar la forma en que las mismas fueron transgredidas, pues su simple menci6n, no aporta elementos que contribuyan a evidenciar la lesión acusada
- VISTOS: El recurse de casaci6n cursante de fs
- Encontrándose derogado el C6digo de Procedimiento Civil de 1975 y en vigencia el C6digo Procesal
- Con carácter previo, es preciso señalar que
- En base a esas consideraciones, revisado el recurso
- b) Identifica la Resoluci6n impugnada, Sentencia N° 004/2019 de 14 de
- c) En la fundamentaci6n de argumentos de relevancia casacional,
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- Se precis6 igualmente que, tanto el recurse de
- En el fondo, alega que se desestimaron las excepciones opuestas de su parte, lo que
- Sentencia; sin embargo, la entidad recurrente,
- De lo examinado, se concluye la importancia que tiene la precisión
- La Sala Contenciosa y
- Regístrese, comuníquese y cúmplase. -
