Auto Supremo AS/0859/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0859/2019-RRC

Fecha: 01-Oct-2019

Por lo expuesto, se tiene que el Tribunal de alzada no cumplió con el principio


Por lo expuesto, se tiene que el Tribunal de alzada no cumplió con el principio de publicidad que fue explicado en el acápite III.1., de esta Resolución y la doctrina legal desarrollada por este Tribunal expuesta líneas precedentes; toda vez que, de conformidad al referido principio, todos los actos procesales deben ser puestos en conocimiento de las partes a efectos de que puedan utilizar los recursos y medios que la Ley les franquea para hacer valer los derechos que estiman les asisten, entonces al no haberse notificado al recurrente con la convocatoria que se hizo a la Vocal suplente, para formar Sala y resolver el recurso de apelación restringida interpuesto en el caso de Autos, se incurrió en defecto absoluto no susceptible de convalidación; por ende, el motivo de análisis deviene en fundado