Asimismo, debe tenerse en cuenta que conforme al sistema de recursos previsto por el ordenamiento
Asimismo, debe tenerse en cuenta que conforme al sistema de recursos previsto por el ordenamiento procesal penal, el recurso de casación conforme lo dispone el art. 416 de la citada norma, procede para impugnar Autos de Vista dictados por los Tribunales Departamentales de Justicia, que sean contrarios a otros precedentes pronunciados por los Tribunales Departamentales o por la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, estableciéndose de este mandato legal que la finalidad esencial del recurso de casación es uniformar la jurisprudencia, de ahí la exigencia legal de invocar el precedente contradictorio, pues de no ser así este Tribunal, estaría imposibilitado de resolver en base a derecho objetivo la probable contradicción existente ente el Auto de Vista impugnado y el o los precedentes contradictorios invocados, sea por haberse aplicado normas distintas o una misma norma con diverso alcance. En consecuencia, la carencia de precedente contradictorio imposibilita cumplir con la función nomofiláctica; lo que significa que, la forma inadecuada de formular el recurso por parte del recurrente, hace que este Tribunal no tenga abierta su competencia para conocer en el fondo de la problemática planteada, al no ser posible establecer el sentido jurídico contradictorio entre el Auto de Vista objeto del recurso con precedentes contradictorios, sin que la omisión en la que incurrió la recurrente pueda ser suplida de oficio
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado Jesús Quintín Hurtado Rodríguez (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- Señala a la Sentencia Constitucional 0506/2005-R de 10 de mayo, como jurisprudencia contradictoria al Auto
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- En ese sentido, se advierte que el recurrente denuncia que el Auto de Visita impugnado,
- Asimismo, debe tenerse en cuenta que conforme al sistema de recursos previsto por el ordenamiento
- Por otro lado, en cuando a la mención de vulneración del iura novit curia e
- Finalmente, respecto a la invocación de la Sentencia Constitucional 0506/2005 de 10 de mayo en
- En consecuencia, se establece que el recurso en análisis ha sido planteado de manera incorrecta
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
