Por todo lo expuesto, se concluye que las infracciones denunciadas en el recurso de casación
Por todo lo expuesto, se concluye que las infracciones denunciadas en el recurso de casación en la forma resultan inviables; y, corresponde resolver en el marco de la disposición legal contenida en el art. 220.II del CPC, aplicable por la norma remisiva contenida en el art. 252 del CPT, en observancia a la Disposición Transitoria Sexta del CPC
- Presentada la solicitud de fotocopia legalizada de la Resolución de Afiliación de Padre y Madre
- Formulado el recurso de revisión por el asegurado Vicente Aruni Fernández (fs
- Formulado el recurso de apelación por el demandante Vicente Aruni Fernández (fs
- José Osmar Rojas Camargo, en representación de la CNS demandada, interpone recurso de casación en
- Petitorio
- En ese marco, la presente Sentencia, aplica el principio de verdad material previsto en el
- Dicho principio forma parte del bloque de constitucionalidad imperante y debe estar implícito en todos
- El derecho al debido proceso, consagrado por el art
- La Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la Opinión Consultiva OC-16/99 de 1 de octubre
- El art
- En cuanto a la pertinencia de la resolución que se pronuncie en apelación o en
- Carácter previo, se deja constancia que pese a que, en el petitorio del recurso de
- Revisados los antecedentes procesales, relacionados a los escritos de impugnación o reclamo de Vicente Aruni
- Ahora bien, si bien el art
- De la revisión y análisis del Auto de Vista, se evidencia que el mismo contiene
- Por todo lo expuesto, se concluye que las infracciones denunciadas en el recurso de casación
- Sin costas en aplicación del art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
