CONSIDERANDO I
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA
ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y
ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 743/2019
Sucre, 29 de noviembre de 2019
Expediente: SC-CA.SAII-TJA. 157/2019
Distrito: Tarija
Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Eguëz Añez.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 247 a 252, interpuesto por Marcelo Gabriel Vacaflor Pérez, en representación legal del Programa Ejecutivo de Rehabilitación de Tierras de Tarija (PERTT), contra el Auto de Vista Nº192/2018 de 12 de noviembre, de fs. 239 a 244, pronunciado por la Sala Social, Seguridad Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso social por pago de sueldos devengados y otros, seguido por Yolanda María Bravo Galarza vda. de Farfán e hijos en representación de Vidal Farfán Fernández (QED) contra la entidad recurrente, la contestación de contrario de fs. 291 a 292 vta., el auto 28/2019 de 17 de abril de fs. 312 y vta., que concedió el recurso y Auto N° 156/2019 – A de 15 de mayo, de fs. 320 y vta., que admite el recurso de casación; los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO I:
I. 1. Antecedentes del proceso
ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y
ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 743/2019
Sucre, 29 de noviembre de 2019
Expediente: SC-CA.SAII-TJA. 157/2019
Distrito: Tarija
Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Eguëz Añez.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 247 a 252, interpuesto por Marcelo Gabriel Vacaflor Pérez, en representación legal del Programa Ejecutivo de Rehabilitación de Tierras de Tarija (PERTT), contra el Auto de Vista Nº192/2018 de 12 de noviembre, de fs. 239 a 244, pronunciado por la Sala Social, Seguridad Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso social por pago de sueldos devengados y otros, seguido por Yolanda María Bravo Galarza vda. de Farfán e hijos en representación de Vidal Farfán Fernández (QED) contra la entidad recurrente, la contestación de contrario de fs. 291 a 292 vta., el auto 28/2019 de 17 de abril de fs. 312 y vta., que concedió el recurso y Auto N° 156/2019 – A de 15 de mayo, de fs. 320 y vta., que admite el recurso de casación; los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO I:
I. 1. Antecedentes del proceso
- CONSIDERANDO I
- I.1.1 Sentencia
- Que, tramitado el proceso de referencia, el Juez de Partido de Primero de Trabajo y
- I.1.2 Auto de Vista
- I.2 Motivos del recurso de casación
- El referido auto de vista, motivó al representante legal del Programa Ejecutivo de Rehabilitación de
- En el fondo
- Denuncia contradictoria y errónea interpretación respecto a la entidad pública y el derecho de los
- Petitorio
- I.3 Respuesta al recurso de casación
- Por memorial de fs
- De igual manera, menciona los certificados originales extendidos por SETAR, COSSETT, COSALT, surtidores de combustible,
- Que, analizados los fundamentos del recurso de casación en la forma y en el fondo,
- Cabe destacar que conforme a la jurisprudencia establecida en este Tribunal Supremo, el recurso de
- En base a esas consideraciones, se concluye que el recurso de casación en el fondo
- En ese contexto, se establece que el recurso examinado se resume en una relación de
- Consiguientemente y en mérito a lo expuesto, corresponde resolver el recurso de casación de acuerdo
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia,
- Sin costas en aplicación del art
- Magistrado Relator: Carlos Alberto Eguëz Añez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
