El referido auto de vista, motivó al representante legal del Programa Ejecutivo de Rehabilitación de
El referido auto de vista, motivó al representante legal del Programa Ejecutivo de Rehabilitación de Tierras de Tarija (PERTT), la interposición del recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 247 a 252, cuyos argumentos se sintetizan a continuación:
Inicialmente, desarrolla una relación de antecedentes inherentes a la suspensión temporal de funcionamiento del PERTT, hasta que concluya la auditoría especial por todas las irregularidades existentes en la institución, habiéndose dado aviso a todos los trabajadores en cumplimiento a resolución y así todas las personas que no formaron parte de la toma del PERTT, fueron reubicados en otras reparticiones de la Prefectura del departamento, contando con trabajo y salario conforme a contratos firmados. Situación que no ocurrió con el demandante quien junto a un grupo de trabajadores decidieron tomar la institución como medida de rechazo a la resolución prefectural
Inicialmente, desarrolla una relación de antecedentes inherentes a la suspensión temporal de funcionamiento del PERTT, hasta que concluya la auditoría especial por todas las irregularidades existentes en la institución, habiéndose dado aviso a todos los trabajadores en cumplimiento a resolución y así todas las personas que no formaron parte de la toma del PERTT, fueron reubicados en otras reparticiones de la Prefectura del departamento, contando con trabajo y salario conforme a contratos firmados. Situación que no ocurrió con el demandante quien junto a un grupo de trabajadores decidieron tomar la institución como medida de rechazo a la resolución prefectural
- CONSIDERANDO I
- I.1.1 Sentencia
- Que, tramitado el proceso de referencia, el Juez de Partido de Primero de Trabajo y
- I.1.2 Auto de Vista
- I.2 Motivos del recurso de casación
- El referido auto de vista, motivó al representante legal del Programa Ejecutivo de Rehabilitación de
- En el fondo
- Denuncia contradictoria y errónea interpretación respecto a la entidad pública y el derecho de los
- Petitorio
- I.3 Respuesta al recurso de casación
- Por memorial de fs
- De igual manera, menciona los certificados originales extendidos por SETAR, COSSETT, COSALT, surtidores de combustible,
- Que, analizados los fundamentos del recurso de casación en la forma y en el fondo,
- Cabe destacar que conforme a la jurisprudencia establecida en este Tribunal Supremo, el recurso de
- En base a esas consideraciones, se concluye que el recurso de casación en el fondo
- En ese contexto, se establece que el recurso examinado se resume en una relación de
- Consiguientemente y en mérito a lo expuesto, corresponde resolver el recurso de casación de acuerdo
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia,
- Sin costas en aplicación del art
- Magistrado Relator: Carlos Alberto Eguëz Añez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
