Petitorio
Alega contradictoria y errónea determinación respecto al debido proceso y la necesidad de nulidad, pues en el presente caso se siguió todos los pasos hasta la emisión de la sentencia, previa consideración de la prueba de cargo, consistente en el compromiso de solución para el pago de los salarios devengados suscrito entre la Gobernación del Departamento de Tarija y el PERTT, estableciendo en su punto 4, que “ la Gobernación asumirá los recursos financieros con destino a la cancelación de sueldos y salarios de los funcionarios del PERTT. En ese sentido considera que la determinación de nulidad y emisión de una nueva sentencia no corresponde al haberse llevado adelante el proceso cumpliendo con todos los requisitos procedimentales de rigor, sin vulnerar el derecho a la legítima defensa y al debido proceso.
Petitorio
Petitorio
- CONSIDERANDO I
- I.1.1 Sentencia
- Que, tramitado el proceso de referencia, el Juez de Partido de Primero de Trabajo y
- I.1.2 Auto de Vista
- I.2 Motivos del recurso de casación
- El referido auto de vista, motivó al representante legal del Programa Ejecutivo de Rehabilitación de
- En el fondo
- Denuncia contradictoria y errónea interpretación respecto a la entidad pública y el derecho de los
- Petitorio
- I.3 Respuesta al recurso de casación
- Por memorial de fs
- De igual manera, menciona los certificados originales extendidos por SETAR, COSSETT, COSALT, surtidores de combustible,
- Que, analizados los fundamentos del recurso de casación en la forma y en el fondo,
- Cabe destacar que conforme a la jurisprudencia establecida en este Tribunal Supremo, el recurso de
- En base a esas consideraciones, se concluye que el recurso de casación en el fondo
- En ese contexto, se establece que el recurso examinado se resume en una relación de
- Consiguientemente y en mérito a lo expuesto, corresponde resolver el recurso de casación de acuerdo
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia,
- Sin costas en aplicación del art
- Magistrado Relator: Carlos Alberto Eguëz Añez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
