Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Eguëz Añez.
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 91 a 96 y vta., interpuesto por la Empresa de Servicios de Pretensado y Construcción LTDA. “SERPREC LTDA”, representada legalmente por Marco Antonio Miranda Gómez, impugnando el Auto de Vista Nº 018/2019 de 28 de enero, de fs. 86 a 89 vta., pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso laboral por pago de beneficios sociales, seguido por Juan Pablo Heredia Tastaca contra la empresa recurrente; el Auto cursante a fs. 99 que concedió el recurso; el Auto Nº 177/2019-A de 29 de mayo, de fs. 107 y vta., que declaró admisible la casación, los antecedentes procesales; y,
- SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA
- ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y
- ADMINISTRATIVA
- SEGUNDA
- Auto Supremo Nº 763/2019
- Sucre, 29 de noviembre de 2019
- Expediente: SC-CA.SAII-CBBA. 178/2019
- Distrito: Cochabamba
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Eguëz Añez.
- CONSIDERANDO I
- I.1. Antecedentes del proceso.
- I.1.1. Sentencia.
- probada en parte la demanda
- I.1.2. Auto de Vista.
- confirmó
- I.2. Motivos del recurso de casación.
- I.2.1. Petitorio.
- CONSIDERANDO II:
- II.1. Fundamentos jurídicos del fallo.
- POR TANTO:
- Magistrado Relator:
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
