Auto Supremo AS/1030/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1030/2019-RA

Fecha: 22-Nov-2019

El art


II. DEL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN

Del análisis del recurso formulado, se tiene que el recurrente denuncia que el Tribunal de Apelación declara procedente el recurso de apelación restringida, modificando la calificación del tipo penal de Uso Indebido de Influencias en grado de tentativa, manteniendo el quantum de la pena en tres años, sin considerar lo establecido en el art. 8 del Código Penal; asimismo, observa que el Auto impugnado no se manifiesta respecto a cuál sería el elemento probatorio que demuestre la comisión del delito acusado en grado de tentativa; es decir, cual el elemento externo y/o causa ajena que impidió se cometa el delito de Uso Indebido de Influencias. Enfatiza que no existe elemento probatorio que demuestre que su persona haya obtenido ventaja o beneficio para sí o un tercero, ni siquiera en grado de tentativa, por lo cual, al no existir el elemento objetivo y/o evidencia material que apoye lo argumentado en la sentencia, o la tentativa considerada por el Tribunal de Apelación, se ingresa en contradicción con la doctrina legal aplicable.

REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley, conforme a la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP