II. 2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación.
De la revisión de antecedentes se tiene que, la parte recurrente cumplió con el requisito del plazo para la interposición del recurso de casación; habida cuenta que José Antonio Maldonado Luna fue notificado el 14 de agosto de 2019, conforme a la diligencia que cursa a fs. 960 vta., con el Auto complementario que no da lugar a la explicación y complementación pronunciado el 24 de julio de 2019, presentando su recurso de casación de fs. 961 a 972 vta., el 28 de agosto del presente año conforme a cargo de recepción cursante a fs. 973, es decir, en vigencia del plazo de diez días señalado por el art. 273 del Código Procesal Civil.
