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Asimismo, ante la solicitud de aclaración, complementación y enmienda presentada por Luis Alfonso Bedoya Herrera y Carol Ana Mier Flores de Bedoya se emitió el auto de 24 de septiembre de 2019 cursante a fs. 822 y vta., de obrados.
3. Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por Luis Alfonso Bedoya Herrera y Carol Ana Mier Flores de Bedoya, según memorial de fs. 824 a 828 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad
3. Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por Luis Alfonso Bedoya Herrera y Carol Ana Mier Flores de Bedoya, según memorial de fs. 824 a 828 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad
- Auto Supremo: 1174/2019-RA
- Expediente:LP-136-19-S
- CONSIDERANDO I
- 2
- 3
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista Nº 561/2019 de 29 de agosto, cursante de fs
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), así como el auto complementario conforme se
- 3. De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que los recurrentes, al margen de identificar debidamente la resolución
- b)Que el Tribunal de alzada al emitir el auto de vista en el considerando III
- De esta manera, solicita la emisión de un Auto Supremo que case el Auto de
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
