De igual forma, se colige que los recurrentes, al margen de identificar debidamente la resolución
De igual forma, se colige que los recurrentes, al margen de identificar debidamente la resolución impugnada, es decir el Auto de Vista Nº 561/2019 de 29 de agosto, cursante de fs. 816 a 819, estos gozan de plena legitimación procesal para interponer el presente recurso de casación, toda vez que conforme memorial cursante de fs. 794 a 800 vta., plantearon el recurso de apelación que dio curso a la emisión de un auto de vista confirmatorio, afectando los intereses de los ahora recurrentes por lo que se colige que la interposición de este medio de impugnación es completamente permisible, esto conforme al sistema de impugnación vertical así como lo establecido en los arts. 270 y 272 del Código Procesal Civil
- Auto Supremo: 1174/2019-RA
- Expediente:LP-136-19-S
- CONSIDERANDO I
- 2
- 3
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista Nº 561/2019 de 29 de agosto, cursante de fs
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), así como el auto complementario conforme se
- 3. De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que los recurrentes, al margen de identificar debidamente la resolución
- b)Que el Tribunal de alzada al emitir el auto de vista en el considerando III
- De esta manera, solicita la emisión de un Auto Supremo que case el Auto de
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
