POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
En consecuencia, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo su análisis y resolución conforme a derecho.
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISIÓN del recurso de casación cursante de fs. 824 a 828 vta., interpuesto por Luis Alfonso Bedoya Herrera y Carol Ana Mier Flores de Bedoya, contra el Auto de Vista Nº 561/2019 de 29 de agosto, cursante de fs. 816 a 819, pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISIÓN del recurso de casación cursante de fs. 824 a 828 vta., interpuesto por Luis Alfonso Bedoya Herrera y Carol Ana Mier Flores de Bedoya, contra el Auto de Vista Nº 561/2019 de 29 de agosto, cursante de fs. 816 a 819, pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz
- Auto Supremo: 1174/2019-RA
- Expediente:LP-136-19-S
- CONSIDERANDO I
- 2
- 3
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista Nº 561/2019 de 29 de agosto, cursante de fs
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), así como el auto complementario conforme se
- 3. De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que los recurrentes, al margen de identificar debidamente la resolución
- b)Que el Tribunal de alzada al emitir el auto de vista en el considerando III
- De esta manera, solicita la emisión de un Auto Supremo que case el Auto de
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
