País
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia
AS/0717/2019
Fecha:
02-Dic-2019
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Encabezado
CONTENIDO ADICIONAL
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
II. ARGUMENTO DEL RECURSO DE CASACIÓN
3.- Indica que el GAM de Cobija, se encuentra al día con los pagos de sus contratos y no puede aceptar el pago de vacaciones, porque se violaría la Ley de Administración Presupuestaria N° 2042, en cuyo art. 5, se previene que no se podrá comprometer
5.- Señala que la Ley N° 321 de 20 de diciembre de 2012, incorpora a la Ley General del Trabajo a los trabajadores asalariados permanentes y no así a los eventuales. Agrega que la actora no era personal asalariado permanente, sino estaba sujeta a con
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
POR TANTO