De igual forma, se colige que el recurrente al margen de identificar debidamente la
De igual forma, se colige que el recurrente al margen de identificar debidamente la resolución impugnada, es decir el Auto de Vista N° 340/2019 de 13 de agosto cursante de fs. 746 a 751, este goza de plena legitimación procesal para interponer el presente recurso de casación, toda vez que oportunamente presentó su recurso de apelación, que dio lugar a la emisión de un Auto de Vista confirmatorio, por lo que se colige que la interposición de este medio de impugnación es completamente permisible, esto conforme al sistema de impugnación vertical así como lo establecido en los arts. 270 y 272 del Código Procesal Civil
- Auto Supremo: 1251/2019-RA
- Partes: Eduardo David Silva Sánchez y otra c/ Edgar Javier Rivera Noriega y otro
- CONSIDERANDO I
- 3
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista N° 340/2019 de 13 de agosto cursante de fs
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la diligencia que cursa
- 3. De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que el recurrente al margen de identificar debidamente la
- a)Que el Tribunal de alzada aplicó indebidamente la ley, debido a que al momento de
- b)La aplicación indebida del art
- c)Que el Tribunal Ad quem incurrió en error de derecho en la apreciación de las
- De esta manera, solicita la emisión de un Auto Supremo que case el Auto de
- La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
