Auto Supremo AS/0014-1/2019-CA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0014-1/2019-CA

Fecha: 14-Feb-2019

Por otra parte, y toda vez que el presente caso de análisis ha sido procesado

Por otra parte, y toda vez que el presente caso de análisis ha sido procesado en el marco de la Ley de Procedimiento Administrativo Nº 2341 (LPA), corresponde precisar que el art. 778 del Código de Procedimiento Civil, estatuye la procedencia del proceso contencioso administrativo, exigiendo la existencia previa de oposición entre el interés público y el privado, y cuando la persona que creyere lesionado o perjudicado su derecho privado, hubiere ocurrido previamente ante el Poder Ejecutivo reclamando expresamente del acto administrativo y agotando ante ese Poder todos los recursos de revisión, modificación o revocatoria de la resolución que le hubiere afectado, en cuyo tenor, la LPA prevé en su art. 1, inc. c): “(Objeto de la Ley) Regular la impugnación de actuaciones administrativas que afecten derechos subjetivos o intereses legítimos de los administrados” (sic); previendo asimismo el art. 3 parágrafo II, inc. d) de la citada ley, la exclusión de forma expresa del ámbito de su aplicación a: “'los Regímenes agrario, electoral y del sistema de control gubernamental, que se regirán por sus propios procedimientos” (sic) (El subrayado es añadido)