Basados en la misma línea jurisprudencial, corresponde también tener presente, que la finalidad de un
Basados en la misma línea jurisprudencial, corresponde también tener presente, que la finalidad de un proceso judicial es la solución de una controversia motivada por las partes en conflicto y en ese sentido debemos tener en cuenta que proseguir el presente proceso en esta jurisdicción contenciosa administrativa, no será efectivo, toda vez que ésta vía únicamente persigue la verificación de la actuación de la Autoridad Administrativa, es decir, solo se verificará si lo actuado por el Ministerio de Trabajo se encuentra o no en el plano de la legalidad, empero, no corresponde emitir pronunciamiento alguno sobre si procede o no la reincorporación; por lo que no resulta efectivo seguir este proceso, lo coherente e idóneo es perseguir la declaratoria de procedencia o no de la reincorporación laboral ante el juez en materia de trabajo
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- En consecuencia, corresponde dejar sin efecto lo actuado en el presente proceso contencioso administrativo y
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- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.-
