Regístrese y notifíquese.
POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la atribución conferida por el art. 2 de la Ley Nº 620 de 29 de diciembre de 2014, y por los fundamentos expuestos, RECHAZA la solicitud de medidas cautelares de embargo preventivo y secuestro, presentada por la Compañía de Servicios Internacionales “COSIN Ltda.”.
Regístrese y notifíquese.
Regístrese y notifíquese.
