Auto Supremo AS/0027/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0027/2019-RA

Fecha: 01-Feb-2019

En relación al primer motivo interpuesto por el recurrente, alega que el origen de la


En el caso de autos se advierte que el recurrente, fue notificado con el Auto de Vista impugnado el 17 de octubre de 2018, interponiendo su recurso de casación el 24 del mismo mes y año; es decir, dentro el plazo de los cinco días, teniéndose por cumplida la formalidad temporal exigida por el art. 417 del CPP; por lo que corresponde verificar el cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad.

En relación al primer motivo interpuesto por el recurrente, alega que el origen de la Sentencia dictada, no ha tenido un examen de los agravios señalados en el recurso de apelación restringida, no corregidos por el Tribunal de alzada, siendo que se denunció contradicción en la valoración defectuosa de la prueba conforme al art. 173 del CPP; que el Auto de Vista confirma la Sentencia sin haber efectuado un correcto análisis de las pruebas aportadas, siendo que la norma como la jurisprudencia prohíbe la existencia de una absolución ante la existencia de prueba plena, particularmente al haberse establecido que el poder cuestionado en juicio, es falso, al no existir en la notaría que lo hubiese emitido, lo cual no fue valorado por el inferior, invocando a tal efecto el Auto Supremo 171/2012-RRC