II.3. De la legitimación procesal
Conforme antecedentes, el Auto de Vista Nº S - 473/2018 de 8 de agosto, cursante de fs. 273 a 274 vta., fue notificado a Lourdes Ximena Vásquez Elías el 15 de octubre de 2018, conforme diligencia de fs. 275, habiéndose interpuesto el recurso de casación de fs. 276 a 278 vta., el 25 de octubre de 2018, conforme cargo de recepción de fs. 278 vta., por lo cual se establece que el recurso fue interpuesto dentro el plazo de 10 días determinados en el art. 273 del Código Procesal Civil.
II.3. De la legitimación procesal
II.3. De la legitimación procesal
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- II.2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- II.3. De la legitimación procesal
- Acusó violación de los arts
- Denunció que no correspondió acoger la pretensión principal de cumplimiento de contrato, sin embargo acogió
- Formulación de reclamos que constituyen la expresión de agravios del recurso de casación que cumple
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
