Respecto al primer motivo, el recurrente refiere que ante la defectuosa valoración probatoria, el Auto
De la revisión de antecedentes, se tiene que la parte recurrente cumplió con el primer requisito relativo al plazo para la interposición del recurso de casación; habida cuenta, que fue notificado con el Auto de Vista impugnado el 12 de julio de 2018, interponiendo su recurso de casación el 20 del mismo mes y año, cumpliendo de esta manera, con el primer párrafo del art. 417 del CPP; ello en consideración de que el 16 de julio fue declarado feriado departamental por su efeméride, por lo que corresponde verificar el cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad.
Respecto al primer motivo, el recurrente refiere que ante la defectuosa valoración probatoria, el Auto de Vista recurrido no se pronunció, convalidando el defecto absoluto, no considerando que los elementos probatorios que fueron efectivamente judicializados fueron ignorados en la Sentencia que incumplió la actividad intelectual de forma armónica y conjunta, omitiendo la previsión del art. 124 del CPP; en cuyo efecto, cita los Autos Supremos 394/2014-RRC de 18 de agosto y 412/2014-RRC de 21 de agosto, 444 de 15 de octubre de 2005 y “77/2013”
- Por memorial presentado el 20 de julio de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la referida Sentencia, el imputado Ramiro Gonzalo Saricordia Flores, formuló recurso de apelación restringida
- Por diligencia de 12 de julio de 2018 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- Respecto al primer motivo, el recurrente refiere que ante la defectuosa valoración probatoria, el Auto
- Al respecto, de los antecedentes del proceso expuestos en el acápite I, inc
- Al respecto, conforme ya se señaló en el análisis del primer motivo, habiendo declarado el
- Por los fundamentos expuestos se establece que el presente motivo de casación no cumple con
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- FDO
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque
