VISTOS: El recurso de casación de fs
Distrito: Santa Cruz
VISTOS: El recurso de casación de fs. 291 a 294 vta., presentado por Ángela Patricia Renjifo Quispe, impugnando el Auto de Vista Nº 0150/2018 pronunciado el 10 de septiembre, por la Sala Cuarta Civil, Comercial, Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia Intrafamiliar, Doméstica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz (fs. 284 a 287 vta.) en el proceso ordinario de mejor derecho propietario, desocupación, entrega de inmueble y cancelación de partida en Derechos Reales, seguido por Celestina Acuña Gómez contra Ángela Patricia Renjifo Quispe y Mario López Pinto, Auto de concesión de 9 de enero de 2019 cursante a fs. 303; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I.
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1.Celestina Acuña Gómez demandó a Ángela Patricia Renjifo Quispe y Mario López Pinto, (fs. 36 a 39 y subsanada a fs. 44 y vta.) por mejor derecho propietario, desocupación, entrega de inmueble y cancelación de partida en Derechos Reales, excepcionando la codemandada mediante memorial de fs. 49 a 50 vta., asimismo, respondió negativamente e interpuso demanda reconvencional por mejor derecho propietario y el pago de daños y perjuicios ocasionados (fs. 90 a 97).
Tramitado así el proceso ordinario hasta la emisión de la Sentencia Nº 376/16 de 31 de julio de 2017 cursante de fs. 230 a 234 vta.) que declaró PROBADA EN PARTE LA DEMANDA de mejor derecho propietario, desocupación y entrega del inmueble e IMPROBADA la demanda de cancelación de partida en Derechos Reales.
Resolución de primera instancia que generó la apelación de la parte demandada mediante escrito de fs. 251 a 258
VISTOS: El recurso de casación de fs. 291 a 294 vta., presentado por Ángela Patricia Renjifo Quispe, impugnando el Auto de Vista Nº 0150/2018 pronunciado el 10 de septiembre, por la Sala Cuarta Civil, Comercial, Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia Intrafamiliar, Doméstica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz (fs. 284 a 287 vta.) en el proceso ordinario de mejor derecho propietario, desocupación, entrega de inmueble y cancelación de partida en Derechos Reales, seguido por Celestina Acuña Gómez contra Ángela Patricia Renjifo Quispe y Mario López Pinto, Auto de concesión de 9 de enero de 2019 cursante a fs. 303; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I.
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1.Celestina Acuña Gómez demandó a Ángela Patricia Renjifo Quispe y Mario López Pinto, (fs. 36 a 39 y subsanada a fs. 44 y vta.) por mejor derecho propietario, desocupación, entrega de inmueble y cancelación de partida en Derechos Reales, excepcionando la codemandada mediante memorial de fs. 49 a 50 vta., asimismo, respondió negativamente e interpuso demanda reconvencional por mejor derecho propietario y el pago de daños y perjuicios ocasionados (fs. 90 a 97).
Tramitado así el proceso ordinario hasta la emisión de la Sentencia Nº 376/16 de 31 de julio de 2017 cursante de fs. 230 a 234 vta.) que declaró PROBADA EN PARTE LA DEMANDA de mejor derecho propietario, desocupación y entrega del inmueble e IMPROBADA la demanda de cancelación de partida en Derechos Reales.
Resolución de primera instancia que generó la apelación de la parte demandada mediante escrito de fs. 251 a 258
- Pinto
- cancelación
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- II. 1. De la resolución impugnada. Análisis de impugnabilidad
- II. 2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- II. 3. De la legitimación procesal
- II. 4. Del contenido del recurso de casación
- La recurrente expresó que interpone recurso de nulidad o casación, extractándose los siguientes reclamos
- 1
- 3
- 4
- En ese sentido la anulación dispuesta por el Ad quem no es justificable, motivo por
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
