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2.- El recurrente identifica la resolución recurrida, al señalar como resolución impugnada el Auto de Vista Nº 102/2018 de 14 de agosto, cursante de fs. 278 a 281 vta. del expediente, dando cumplimento al art. 274-I-2 del CPC-2013.
3.- Por último, analizando el recurso de casación, contenido en el memorial de fs. 284 a 292 vta., se verifica que efectúa un análisis de la resolución impugnada, denunciando la infracciones de normas específicas, estableciéndose que interpone recurso de casación en el fondo, cumpliendo las previsiones del art. 274-I-3 del CPC-2013
3.- Por último, analizando el recurso de casación, contenido en el memorial de fs. 284 a 292 vta., se verifica que efectúa un análisis de la resolución impugnada, denunciando la infracciones de normas específicas, estableciéndose que interpone recurso de casación en el fondo, cumpliendo las previsiones del art. 274-I-3 del CPC-2013
- Demandado: Empresa CONAM Ltda
- Proceso: Cobro de beneficios sociales y otros derechos
- I. CONSIDERACIONES LEGALES
- Mediante la Ley Nº 719 de 6 de agosto de 2015, se modificó la Disposición
- II
- 3
- Por consiguiente, estando cumplidos los requisitos exigidos en el art
- II.2. Recurso de casación de fs. 297 a fs. 299, promovido por la demandante
- 2
- La omisión señalada, impide a este Tribunal entrar al fondo para identificar y resolver la
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Por consiguiente pase a Secretaría de la Sala para la prosecución del trámite y en
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
