Auto Supremo AS/0067/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0067/2019-RA

Fecha: 14-Feb-2019

Ahora bien, en cuanto a los argumentos de los motivos primero, segundo y tercero del


Ahora bien, en cuanto a los argumentos de los motivos primero, segundo y tercero del recurso de casación, no se logra inferir a cabalidad de forma clara y concreta más allá de la alusión de inconformidad respecto al primer considerando del Auto de Vista recurrido, lo resuelto en cuanto a los defectos de Sentencia contenidos en los incs. 8) y 11) del art. 370 del CPP, el plazo procesal para la lectura de Sentencia y la participación de otros procesados –respectivamente-, cuál el o los agravios ocasionados por el Auto de Vista emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en su actuación de Tribunal de apelación, resultando ininteligible de la redacción del recurrente, la cita de normas referidas a acciones constitucionales que no hacen a la labor de este Tribunal; sin soslayar en cuanto a la cita de jurisprudencia constitucional, que de manera reiterada este Máximo Tribunal de Justicia ha señalado que las Sentencias Constitucionales no constituyen precedentes contradictorios, sino sólo las Resoluciones casacionales emitidas por la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia y los Autos de Vista emitidos por las Salas Penales de los diferentes Tribunales Departamentales de Justicia de conformidad con el art. 416 del CPP