Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación que permite abrir excepcionalmente la competencia en aquellos casos en los que se denuncie la existencia de graves y evidentes infracciones a los derechos de las partes y que constituyan defectos absolutos no susceptibles de convalidación; posibilidad que se justifica teniendo presente: a) Que el fin último del derecho es la justicia; b) La tarea encomendada por ley al Tribunal Supremo referida precedentemente; c) La necesidad de precautelar se observen las normas procesales que son de orden público y de cumplimiento obligatorio que prevén no se cometan actos procesales defectuosos, teniendo en cuenta que conforme la disposición contenida en el art. 115.II de la CPE, el Estado garantiza entre otros, los derechos al debido proceso y a la defensa; y, d) Las disposiciones relativas a la nulidad de actos procesales previstas por el art. 17 de la LOJ
- Por memorial presentado el 4 de octubre de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Por diligencia de 28 de septiembre de 2018 (fs
- Rememorando los antecedentes fácticos y jurídicos en el caso de Autos, la excepción de incompetencia
- Haciendo alusión a las consideraciones del Tribunal de alzada; en cuanto, a la fundamentación descriptiva,
- Cita la Sentencia Constitucional 0370/2005-R de 13 de abril de 2004 y el Auto Supremo
- Acusa también, que el Tribunal de origen emitió un fallo sin tomar en cuenta a
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
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- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Sin embargo, previo al análisis de admisibilidad de los motivos expuestos en el acápite II
- Ahora bien, en cuanto a los argumentos de los motivos primero, segundo y tercero del
- Finalmente, si bien el recurrente hace alusión de manera escueta a la vulneración del debido
- En consecuencia, se establece que el recurso de casación deducido, no cumple con los requisitos
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- FDO
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque
