En el caso de autos, el recurso de casación fue interpuesto dentro el plazo establecido
El precepto legal contenido en el citado art. 417 de la Ley Adjetiva Penal, concluye señalando que el incumplimiento de dichos requisitos determinará la declaración de inadmisibilidad del recurso.
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
En el caso de autos, el recurso de casación fue interpuesto dentro el plazo establecido por la normativa penal, habida cuenta que la parte recurrente fue notificada con el Auto de Vista impugnado el 17 de diciembre de 2018, conforme se evidencia de la diligencia de fs. 186, interponiendo el recurso de casación que es objeto de análisis de admisibilidad el 24 del mismo mes y año; es decir, dentro del plazo de cinco días hábiles que le otorga la ley, cumpliendo el requisito temporal previsto por el art. 417 del CPP
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra el referido Auto, la recurrente en representación del Servicio Departamental de Caminos de Potosí,
- Por diligencia de 17 de diciembre de 2018 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En éste contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- En el caso de autos, el recurso de casación fue interpuesto dentro el plazo establecido
- El recurrente reclama que el Auto de Vista -que resuelve la apelación incidental-, contiene defectos,
- Del recurso de casación interpuesto, se extrae que la parte recurrente pretende que esta Sala
- Al respecto se debe tomar en cuenta que a los efectos de resolver la admisibilidad
- En ese marco se tiene que, en el caso de autos se advierte que la
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
