Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la papeleta de notificación
Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la papeleta de notificación de fs. 660, se observa que la parte demandada, ahora recurrente, fue notificada en fecha 03 de diciembre de 2018, y como el recurso de casación fue presentado en fecha 07 de enero de 2019, tal cual se observa de la recepción realizada por la secretaria de sala cursante a fs. 675, haciendo un cómputo se infiere que el recurso de casación objeto de la presente resolución, fue interpuesto dentro del plazo previsto en el art. 273 del Código Procesal Civil, es decir dentro de los 10 días hábiles
- Partes: German Antonio Quevedo Peña c/ Fuerza Aérea Boliviana
- CONSIDERANDO I
- 3
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista N° 782/2018 de fecha 19 de noviembre, cursante de
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la papeleta de notificación
- 3. De la legitimación procesal
- b)El Auto de Vista no hizo referencia que ante el pronunciamiento de resolución de un
- c)Acusa que el Tribunal de Alzada no consideró en lo mínimo los extremos que conllevan
- De esta manera, solicita la emisión de un Auto Supremo que anule obrados
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta Sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
