De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Por Sentencia 167/2016 de 15 de septiembre (fs. 24 a 26 vta.), el Tribunal de Sentencia Anticorrupción y Contra la Violencia Hacia la Mujer del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró a Dennis Grundy Ríos, autor de la comisión de los delitos de Asociación Delictuosa, Contribuciones y Ventajas Ilegítimas y Uso Indebido de Bienes y Servicios Públicos, previstos y sancionados por los arts. 132 y 228 del CP y 26 de la Ley 004, imponiéndole la pena de dos años en reclusión, más el pago de daños civiles y costas al Estado a calificarse ejecución de Sentencia.
Contra la mencionada Sentencia la parte acusadora Lenny Tatiana Valdivia Bautista en su condición de Ministra de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción formuló recurso de apelación restringida (fs. 35 a 37 vta.), a la que se adhirió Juan Marcelo Zurita Pabón en representación legal de Juan Ramón Quintana Taborga Ministro de la Presidencia (fs. 45 a 51 vta.), que fueron resueltos por Auto de Vista 51/2018 de 5 de julio emitido por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que declaró improcedentes los citados recursos planteados; y, confirmó la Sentencia apelada
- Por memorial presentado el 24 de septiembre de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Por diligencia de 18 de septiembre de 2018 (fs
- Del memorial de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- En el caso de Autos, se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- En cuanto al único motivo, en el que denuncia que el Auto de Vista recurrido
- Al respecto, el recurrente invocó el Auto Supremo 642/2016-RRC de 24 de agosto, que establecería
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
