En cuanto al único motivo, en el que denuncia que el Auto de Vista recurrido
En cuanto al único motivo, en el que denuncia que el Auto de Vista recurrido incurrió en falta de fundamentación, por cuanto, se limitó a realizar un resumen de los argumentos de la apelación y de la Sentencia, no explicando porqué llegó a confirmar la salida alternativa de procedimiento abreviado alegando simplemente que existió aceptación del acusado y de su abogado defensor, no considerando, la oposición fundamentada por parte del Ministerio de la Presidencia y Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional en su condición de víctimas; además, que su representación cuestionó que la Sentencia no se pronunció respecto a la resolución de rechazo de denuncia que fue objetada por su Ministerio, la que hasta la fecha no fue resuelta; no obstante, no fue considerado por el Tribunal de alzada, aspecto que vulnera el debido proceso, seguridad jurídica y el principio pro actione, que le deja en estado de indefensión
- Por memorial presentado el 24 de septiembre de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Por diligencia de 18 de septiembre de 2018 (fs
- Del memorial de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- En el caso de Autos, se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- En cuanto al único motivo, en el que denuncia que el Auto de Vista recurrido
- Al respecto, el recurrente invocó el Auto Supremo 642/2016-RRC de 24 de agosto, que establecería
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
