De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Por Sentencia 07/2017 de 19 de marzo (fs. 222 a 236 vta.), el Juez Primero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, declaró a Micaela Paulina Machaca Lujan, autora de la comisión del delito de Homicidio y Lesiones Graves y Gravísimas en Accidente de Tránsito, previstos y sancionados por los arts. 261 con relación al 20 del CP, imponiéndole la pena privativa de libertad de 2 años y 6 meses, más la inhabilitación definitiva de su licencia de conducir, el pago de costas, daños y perjuicios averiguables en ejecución de Sentencia.
Contra la mencionada Sentencia, la imputada Micaela Paulina Machaca Lujan (fs. 240 a 243 vta.); y, la acusadora particular de Eliana Ortuño Chocllo (fs. 249 a 250), formularon recursos de apelación restringida respectivamente, que fueron resueltos por Auto de Vista de 8 de octubre de 2018 emitido por la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, que declaró improcedentes los citados recursos planteados; y, confirmó la Sentencia apelada
- Por memorial presentado el 22 de noviembre de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Por diligencia de 16 de noviembre de 2018 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- Respecto al único motivo, en el que reclama que el Auto de Vista incurrió en
- Al respecto, de la revisión del recurso de casación se advierte, que la recurrente no
- Por otra parte, si bien la recurrente refiere que se vulneró la garantía del debido
- Por los fundamentos expuestos se establece, que el presente recurso de casación no cumple con
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
